“Las diversas circunstancias que definen la personalidad de cada uno de los magistrados y conforman su trayectoria personal no pueden considerarse sin más condicionamientos negativos que afecten a su imparcialidad, pues este requisito exigido en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no equivale a un mandato de neutralidad general o a una exigencia de aislamiento social y político casi imposible de cumplir en los juristas de reconocida competencia”, afirma el Constitucional.
Asi se explica el Tribunal Constitucional en el auto hecho público en el que rechaza que su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, deba apartarse de su cargo por los recursos que cuestionan su imparcialidad después de conocerse que ocultó su militancia en el PP. La encendida defensa de Pérez de los Cobos en esta resolución deja en evidencia la contradicción del Alto Tribunal, que en 2007 apartó al magistrado Pablo Pérez Tremps de la discusión sobre el Estatut por el simple hecho de que había participado en un trabajo académico sobre la acción exterior de las comunidades autónomas, aunque mucho antes de que se impulsara el Estatut.
El Alto Tribunal se da por satisfecho con que los magistrados “actúan sometidos a estrictos parámetros jurídicos y con el solo medio de la argumentación jurídica para resolver las controversias que llegan a si conocimiento, incluso las que presentan un perfil o unas consecuencias más netamente políticos, sin más subordinación que a la Constitución”.
Sobre la participación de De los Cobos en seminarios de FAES, la publicación del libro de aforismos Parva Memoria el auto señala que “no puede pretenderse la recusación de un juez por el mero hecho de tener criterio jurídico anticipado sobre asuntos que debe resolver. En cuanto a la comparecencia del magistrado ante la Comisión del Senado previa a su nombramiento, durante la que no mencionó su afiliación al PP, el Pleno tampoco ve motivo alguno para recusarle.
En fin, seguimos sin entender que sea legal que un Presidente del Tribunal que rige las leyes en España, haya pertenecido a un partido al que estaba comprometido por sus estatutos al cumplimento de los postulados de ese partido, y que ahora por arte de magia se convierta en una persona imparcial en temas en los que su antiguo partido tiene mucho que perder.
Que nos perdone el Sr. De los Cobos, pero creemos que lo más normal hubiera sido que se hubiera alejado por un tiempo hasta que se aclararan esos temas. Este Sr. puede ser una persona muy justa, pero al entrar en este juego, deja tras de sí la estela de la duda. Lo haga bien o lo haga mal, siempre estará cuestionado.
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