lunes, 10 de junio de 2013

¿PRÉSTAMOS A FONDO PERDIDO?


Si a usted le prestan 10.000 euros, tiene la obligación de declararlo en su declaración de la renta? ¿Qué puede ocurrir si no lo declara? ¿Es obligatorio declarar esa cantidad que le han prestado?

Pues al parecer es obligatorio reflejar en el IRPF ese tipo de préstamos porque en definitiva, es dinero que entra en tus cuentas aunque tengas que devolverlo en pequeños plazos.

Todo esto viene a cuento porque el presidente del Senado, Pío García Escudero, ha reconocido durante su declaración ante el juez Ruz, que investiga la presunta financiación irregular del Partido Popular que supuestamente reflejan los conocidos como papeles de Bárcenas, que no declaró a Hacienda el préstamo de 24.000 euros que recibió de su partido en agosto del año 2000, como recogía la contabilidad del extesorero del PP, Luis Bárcenas, en la documentación que obra ya en poder de la Audiencia Nacional, que los investiga como pieza separada del caso Gürtel.

En la declaración de Escudero por su implicación en los papeles de Bárcenas, éste reconoce que pensó "que no tenía que declarar el préstamo". El juez le pregunta: "Usted presentó declaración de patrimonio en los ejercicios 2001, 2002 y 2003?" y Escudero contesta que cree que sí, pero cuando el magistrado le pregunta si reflejó ese crédito el senador asegura que "no" porque creía que no había que hacerlo.

García Escudero sostiene que este préstamo, que él mismo reconoció cuando la presunta contabilidad B del PP fue publicada, fue devuelto en talones en mano, cree recordar que a Álvaro La Puerta, y que no pidió ni recogió un recibí ni por el préstamo ni por las devoluciones porque "había una relación de confianza”.

El presidente del Senado pidió ese préstamo para hacer frente a unos gastos de reparación de su vivienda después de sufrir un atentado de ETA.

¿Qué debe hacer Hacienda en este caso con el Sr. García Escudero?







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